Residencia por Matrimonio
Los extranjeros casados con costarricenses o residentes. Tienen derecho a residencia temporal libre condición o permiso especial de permanencia en el Costa Rica. En caso de matrimonio con costarricense el matrimonio debe encontrarse inscrito en el Registro Civil de Costa Rica. Consulte a nuestros abogados migratorios costarricenses sobre su viabilidad.
Residencia por hijo costarricense
Si un extranjero tiene un hijo en Costa Rica puede aplicar a residencia permanente libre condición. El hijo nacido en Costa Rica cubre a uno o ambos padres y los hermanos menores de la persona nacida en Costa Rica. Consulte a nuestros abogados sobre su posibilidad.
Residencia como Rentista en Costa Rica
Podrán solicitar residencia como rentista en Costa Rica los extranjeros que demuestren que durante un período no menor a DOS años percibirá una renta no inferior a la suma mensual de USD$2500, realizando un depósito de US$60 000,00 en un banco nacional. Este monto cubre a todo el grupo familiar, Principal, cónyuge e hijos menores o hasta 24 años estudiando. Consulte con nuestros abogados especialistas en Derecho Migratorio en Costa Rica
Residencia como Pensionado
Este régimen es aplicable para aquellas personas que reciben una pensión vitalicia mayor o igual a USD$1.000. Esta pensión debe ser otorgada en el país de origen del solicitante y debe ser otorgada por la institución correspondiente además que debe contar con la APOSTILLA de la Haya. Consulte al abogado especialista en Derecho Migratorio sobre su caso.
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Residencia como Inversionista en Costa Rica
Aplicarán a este tipo de residencia las personas que tengan un plan de Inversión de US$200,000 en Costa Rica.
Permiso de Estudiante
Se otorga a personas de cualquier edad que deseen realizar sus estudios en cualquier entidad educativa reconocida por MEP. Pueden ser estudiantes de primaria, secundaria o univesidad o cursos de especialización o libres. Se debe contar con prueba de medios ecónomicos. Este permiso no permite laborar.
Permisos de Trabajo
Hay muchas variaciones bajo esta categoría, pueden solicitar permisos de trabajo científicos, deportistas, personal bilingue, apoderados de empresas y personal de confianza.
Estos permisos de trabajo pueden ser pedidos por los patronos, están diseñados para que personas físicas o jurídicas costarricenses puedan pedir trabajadores extranjeros y no para que personas extranjeras busquen trabajo en Costa Rica.
Empresa Reconocida
Las empresas que cumplan ciertos requisitos legales pueden optar a reconocimiento por parte de Migración. Una vez aprobado este reconocimiento las empresas podrán contratar el personal extranjero que requieran y se les otorgará la Residencia Temporal Condición Restringida. Es importante que estos permisos laborales sólo lo pueden pedir las empresas contratantes.